TABLE OF CONTENTS
- Introducción
- Evaluación de cumplimiento no superada
- Impago
- Los procedimientos disciplinarios y el portal jurídico de la FIFA
- Decisiones de la Comisión Disciplinaria de la FIFA
Este artículo hace referencia a las siguientes disposiciones de la normativa de la FIFA:
- Secciones 4 y 5 del Reglamento de la Cámara de Compensación de la FIFA
Introducción
Para que las compensaciones por formación se distribuyan puntualmente, las organizaciones deberán cumplir con lo que les solicite la FIFA Clearing House y seguir todos los pasos obligatorios del proceso de dicha entidad dentro de los plazos establecidos. De lo contrario, la FIFA Clearing House remitirá el caso de la parte incumplidora a la administración de la FIFA para que lo estudie.
La FIFA Clearing House podrá derivar casos de organizaciones en los siguientes supuestos:

Evaluación de cumplimiento no superada
Cada una de las partes implicadas en una orden de pago deberá completar adecuadamente su incorporación y superar su evaluación de cumplimiento para recibir la acreditación de la FIFA Clearing House. Ninguna organización podrá pagar o cobrar compensaciones por formación hasta que no esté acreditada.
Una organización suspenderá su evaluación de cumplimiento cuando:
- no se inscriba en el portal de clientes de la FIFA Clearing House en un plazo de 15 días a partir de recibir la invitación por correo electrónico;
- no aporte toda la documentación necesaria a través del portal de clientes dentro de los plazos estipulados por la FIFA Clearing House;
- no cumpla con requisitos reglamentarios tras un análisis de riesgos de cumplimiento de la FIFA Clearing House;
- no firme los términos y condiciones en el portal de clientes en un plazo de 14 días a partir de la fecha de notificación.
En caso de no superar la evaluación de cumplimiento, se avisará de ello a la parte incumplidora por correo electrónico. Además, el caso se remitirá a la administración de la FIFA, que podrá, a su vez, trasladárselo a la Comisión Disciplinaria de la FIFA para que lo estudie y tome una decisión.
Si la Comisión Disciplinaria considera que la organización es responsable de un primer fallo de la evaluación de cumplimiento, podrá imponer las siguientes sanciones:
- Al nuevo club, es decir, el que efectúa el pago, una tasa administrativa del 2.5 % sobre el importe requerido, pagadera a cada club formador a través de la FIFA Clearing House.
- Al club formador, es decir, al que recibe el pago, un apercibimiento y/o una multa.
La parte incumplidora deberá aprobar la evaluación de cumplimiento en el plazo de seis meses a partir de la fecha del primer fallo.
Si la organización no supera la siguiente evaluación de cumplimiento en plazo, se remitirá el caso a la administración de la FIFA que podrá, a su vez, trasladárselo a la Comisión Disciplinaria de la FIFA para que lo estudie y tome una decisión.
Si la Comisión Disciplinaria considera que la organización es responsable de un segundo fallo de la evaluación de cumplimiento, podrá imponer las siguientes sanciones:
- Al nuevo club, es decir, el que efectúa el pago, la prohibición de inscribir a nuevos jugadores (ya sea en el ámbito nacional o internacional), y una multa.
- Una vez impuesta, solo la Comisión Disciplinaria puede levantar la prohibición de inscribir jugadores, cuando se den las siguientes circunstancias:
- Que la FIFA Clearing House confirme que se ha abonado el importe íntegrode la solicitud de pago a la cuenta bancaria en ella indicada, más un 2.5 % en concepto de tasa administrativa.
- Que la FIFA Clearing House confirme que la parte incumplidora ha superado la siguiente evaluación de cumplimiento.
- Una vez impuesta, solo la Comisión Disciplinaria puede levantar la prohibición de inscribir jugadores, cuando se den las siguientes circunstancias:
- Al club formador, es decir, el que recibe el pago, la cesión de todas sus compensaciones por formación a su federación miembro hasta que supere la evaluación de cumplimiento. La federación destinará dichos importes al desarrollo del fútbol nacional.
Impago
El proceso de pago comenzará una vez el nuevo club y un club formador involucrados en una orden de pago hayan superado sus respectivas evaluaciones de cumplimiento.
Se notificará al nuevo club por correo electrónico que tiene disponible una solicitud de pago en el portal de clientes. Este documento detalla los importes pagaderos a través de la FIFA Clearing House, así como la forma de efectuar el pago. El nuevo club deberá abonar el importe íntegro en un plazo de 30 días desde una cuenta bancaria de la que sea titular.
Los clubes se asegurarán de seguir las instrucciones de la solicitud al efectuar el pago, así como de incluir cualquier referencia solicitada en los datos de la transferencia.
Si el nuevo club no efectúa el pago en los 30 días de plazo, se le notificará una nueva solicitud de pago que incluirá una tasa administrativa del 2.5 % sobre la cantidad requerida. Además, se le concederá una prórroga de siete días para efectuar el pago íntegro.
Si el pago no se abona en dicha extensión de plazo, se remitirá el caso a la administración de la FIFA que podrá, a su vez, trasladárselo a la Comisión Disciplinaria para que lo estudie y tome una decisión.
Si la Comisión Disciplinaria considera que la organización es responsable de impago, podrá imponer las siguientes sanciones:
- Una multa.
- La prohibición de inscribir nuevos jugadores, tanto a escala nacional como internacional.
- Solo la Comisión Disciplinaria puede levantar la prohibición de inscribir jugadores, cuando se den las siguientes circunstancias:
- Que la FIFA Clearing House confirme que se ha abonado el importe íntegro de la solicitud de pago a la cuenta bancaria en ella indicada, más un 2.5 % en concepto de tasa administrativa.
- Que el club abone el importe de cualquier multa pendiente a la cuenta que consta en la decisión de la Comisión Disciplinaria de la FIFA.
- Solo la Comisión Disciplinaria puede levantar la prohibición de inscribir jugadores, cuando se den las siguientes circunstancias:
Los procedimientos disciplinarios y el portal jurídico de la FIFA
Cuando la administración de la FIFA da traslado de un incumplimiento o impago a la Comisión Disciplinaria, se abre un expediente en el portal jurídico de la FIFA, la plataforma a través de la cual se tramitan todos los procedimientos presentados ante los órganos judiciales de la FIFA.
Cuando se abre un expediente, al club incumplidor se le notifica a través del portal jurídico, y la federación miembro a la que pertenezca recibe una copia de la notificación por correo electrónico. Como medida de cortesía, los clubes también reciben la notificación por correo electrónico desde noreply@legalportal.fifa.org en la dirección que conste en su cuenta del portal jurídico. A falta de cuenta en el portal jurídico, la Comisión Disciplinaria recurrirá a los datos de contacto del perfil del club en el TMS, si están disponibles.
Acceso al portal jurídico
Para acceder por primera vez al portal jurídico de la FIFA, los clubes pueden registrarse por su cuenta en la plataforma con la dirección de correo electrónico que consta en sus datos del TMS. En el portal jurídico solo se permite una cuenta por organización. Para recibir cualquier novedad de sus expedientes en curso, los clubes deberán operar con una dirección de correo electrónico institucional y no con una personal.
Aquellos clubes que dejen de tener acceso a su cuenta del portal jurídico deberán actualizar primero sus datos en el TMS y facilitar una nueva dirección de contacto. A continuación, podrán crear una nueva cuenta en el portal jurídico y registrar una incidencia a través del centro de ayuda para recuperar el acceso a expedientes que afectaran a la organización.

Decisiones de la Comisión Disciplinaria de la FIFA
Las decisiones de la Comisión Disciplinaria de la FIFA se cargan en el portal jurídico, se envían exclusivamente a través de este y entran en vigor desde el momento de su notificación. Las federaciones miembros siempre recibirán una notificación cuando una decisión afecte a alguno de sus clubes afiliados, y deberán remitir la decisión al club en cuestión. Los plazos definidos en el Código Disciplinario de la FIFA comienzan a contar el día posterior a la recepción del documento por parte del club a través del portal jurídico.
Los clubes deberán leer atenta e íntegramente todas las decisiones que reciban, ya que pueden incluir información fundamental, como los requisitos para el levantamiento de la prohibición de inscribir jugadores, la cuenta bancaria en la que deben ingresar los pagos y los plazos para las acciones solicitadas.
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