Introducción
El 22 de diciembre de 2014, la FIFA envió la circular n.º 1464 a todas las federaciones miembro para, entre otras cuestiones, introducir el art. 18 ter del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores (en adelante, «el reglamento»), que regula la cuestión de la propiedad de los derechos económicos de futbolistas por parte de terceros. Para más información sobre este tema, véase la sección «Propiedad de derechos por parte de terceros».
Todos los contratos de derechos de terceros anteriores al 1 de mayo de 2015 podían continuar en vigor hasta su vencimiento. Sin embargo, no se podía prolongar su vigencia.
Los acuerdos celebrados entre el 1 de enero y el 30 de abril de 2015 no podían tener una duración superior a un año a partir de su fecha de entrada en vigor.
A finales de abril de 2015, todos los acuerdos de propiedad de terceros debían haberse registrado en TMS. Todos los clubes que firmaron tales acuerdos estaban obligados a subirlos en su totalidad, incluidos los anexos o enmiendas, en TMS, especificando los detalles del tercero en cuestión, el nombre completo del jugador y la duración del acuerdo.
Ver los contratos de derechos de terceros cargados
Para ver los contratos de derechos de terceros que haya cargado, deberá buscar al jugador en cuestión y hacer clic en «ver detalles».

Entre en la sección «Registro de contratos de derechos de terceros» para ver los datos de los contratos. Tenga en cuenta que solo podrá ver los contratos que haya cargado su organización en el ITMS. Haga clic en «OK» para salir del registro de contratos de derechos de terceros.
Al introducir nuevas transferencias, los clubes deberá completar la declaración de propiedad de derechos por parte de terceros. Si el club anterior indica «Sí» en la declaración, deberá cargar el contrato de derechos por parte de terceros incluso si el documento ya había sido cargado en el registro de contratos de derechos de terceros durante el periodo de transición.
